El 3 de febrero de 1934, el artículo 38 de una nueva constitución extendió el sufragio a las mujeres cubanas.
Las feministas cubanas habían hecho campaña activamente por el derecho al voto desde los primeros días de la República. A comienzos de la década de 1920, el sufragio universal se había convertido en el tema principal de unificación dentro de un amplio espectro de posiciones sociales y políticas de las asociaciones de mujeres cubanas en toda la nación insular. Este activismo vinculó a las mujeres con la crisis política y la agitación que culminó con la Revolución de corta duración de 1933, durante la cual el presidente Ramón Grau San Martín anunció (Decreto 13 del 2 de enero de 1934) que las mujeres cubanas irían a las urnas para elegir a los miembros de una Asamblea Constituyente. Mientras que la caída de Grau solo dos semanas después detuvo el programa revolucionario, los gobiernos de transición inmediatamente intentaron reclamar su agenda modernizadora, entre ellos el sufragio universal. Los cambios se incorporaron en revisiones posteriores al Código Electoral y al artículo 2 de la Constitución de 1940, que garantizaban la igualdad de derechos.
El presidente provisional, Carlos Mendieta, aprobó el Artículo 38 el 3 de febrero de 1934, otorgando a las mujeres cubanas el derecho a votar como parte de un paquete conciliatorio que buscaba reducir la gran tormenta que caracterizó al gobierno revolucionario de Grau. En última instancia, la historia de los derechos de las mujeres en Cuba se destaca como un microcosmos de los movimientos sociales cubanos durante las primeras décadas del siglo XX, al ser un componente activo de una agenda social, política y revolucionaria mucho más amplia.